Condenan a un colegio de Valencia a pagar 45.000 euros a una familia tras fallecer su hija de seis años
La menor fue empujada por otro alumno que le hizo perder el equilibrio y se golpeó con un banco que le provocó una fractura en el lado izquierdo del cráneo
M.Soler/diarioDirecto 26/08/09
El Tribunal Supremo condena al colegio valenciano San José Religiosas Escolapias a indemnizar con 45.075 euros a unos padres y hermana por el fallecimiento de la niña de 6 años, en marzo de 1999 en el recreo, cuando un alumno le dio un empujón e hizo que la menor perdiera el conocimiento hasta darse en la cabeza con un banco y provocarle una fractura en el lado izquierdo del cráneo.
En la sentencia el Tribunal opina que "el centro docente no ha logrado probar que empleara toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño". Por ello, la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Valencia que impuso estas cantidades por responsabilidad civil, se ha visto incrementada en un 20% por considerar que la proporción entre los niños que se encontraban en el recreo y los profesores que los vigilaban no era suficiente.
El suceso tuvo lugar en un espacio en forma de L, de unos 200 metros cuadrados, donde se encontraban 300 alumnos de primaria al cargo de tres profesores.
La Audiencia Provincial consideró que el centro podía ser responsable de "una culpa levísima" tanto por la insuficiente vigilancia, en un espacio tan minúsculo y "que no les permitía moverse, corretear o jugar con espacio suficiente y propiciaba los contactos físicos más o menos bruscos".
El alto tribunal afirma que el peligro era "más que patente" por "la propia imposibilidad del personal docente de vigilar a tantos niños en un espacio tan reducido y la probabilidad de que tamaña concentración provocara reacciones o conductas agresivas". De igual manera, critica la decisión de sacar a los menores al patio cubierto por la lluvia, cuando podrían haber realizado su recreo en las correspondientes aulas y con la supervisión de un profesor por clase.
La sentencia condena a la compañía aseguradora del centro, Groupama, a satisfacer la mencionada cantidad en concepto de responsabilidad.