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El Gobierno refuerza las funciones de la CNE para que pueda analizar la OPA de E.ON sobre Endesa

El Consejo de Ministros aprobó la aplicación de dos medidas para defenderse de la entrada de la eléctrica alemana E.ON en el sector energético español, según Montilla. Por un lado, reforzó las funciones de la CNE con el fin de que pueda analizar la operación bajo el prisma de la llamada Función 14, y, por otro, anunció que aplicará la disposición adicional 27 de la Ley 55/99, que limita al 3% el derecho de voto de las empresas con capital público que tomen participaciones en compañías de sectores considerados estratégicos, como las energéticas.

Redacción/diarioDirecto 24/02/06

Para ello, analizará si cabe realizar una interpretación más amplia de esta norma para ver si cabe su aplicación en empresas no sólo de capital público, sino también a las sometidas de alguna forma a control público, según avanzó José Montilla en el Consejo de Ministros, habida cuenta de que la participación pública en el accionariado de E.ON es actualmente muy pequeña.

Respecto a la CNE, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto ley por el que se modifican las funciones del organismo, que vienen establecidas en la disposición adicional undécima de la Ley de Hidrocarburos, de 1998, al considerar que actualmente existe una situación "anómala". Así, explicó que una operación de compra en la que interviene una empresa regulada sobre otra empresa con la misma condición tiene que pasar en primer lugar por la CNE, que la analizará en virtud de la Función 14.

Dicha función señala como competencia del organismo autorizar las participaciones realizadas por sociedades con actividades que tienen la consideración de reguladas en cualquier entidad que realice actividades de naturaleza mercantil. Sólo podrán denegarse las autorizaciones como consecuencia de la existencia de riesgos significativos o efectos negativos, directos o indirectos, sobre las actividades reguladas en esta Ley, pudiendo por estas razones dictarse autorizaciones que expresen condiciones en las cuales puedan realizarse las mencionadas operaciones.

Por este trámite, según recordó Montilla, tuvieron que pasar en su momento la operación Gas Natural-Iberdrola y la operación Iberdrola-Endesa. "Lo que pasa, aclaró el ministro, es que si quien compra es una empresa que no es española, o si no es del sector energético, no tiene que pasar por la función 14 de la CNE".

A modo de ejemplo, apuntó que si Gas Natural o Iberdrola compraran El Corte Inglés tendrían que pasar por la CNE y su Función 14, pero si fuera El Corte Inglés el que comprara Iberdrola o Gas Natural, no tendría que hacerlo.

El titular de Industria atribuyó esta situación a que seguramente porque cuando se hizo la Ley el Estado disponía de otros resortes de control, porque en las eléctricas había capital público y además existía la 'acción de oro', actualmente en proceso de derogación. Es decir, había otros instrumentos que hoy han desaparecido. "El Real Decreto viene a solventar esa deficiencia", dijo.

Con indepencencia de la nacionalidad

Con el Real Decreto aprobado, "No sólo deberán someterse a la Función 14 de la CNE las empresas energéticas que sean adquirientes, sino también las que no siendo energéticas adquieran una del sector energético, sean de la nacionalidad que sean", explicó el ministro.

"En este caso no pretendemos introducir restricciones ni a la competencia ni a la legislación europea, aclaró Montilla, sino corregir algo que es de puro sentido común y que es absolutamente necesario en la medida en que hay otros instrumentos que en aquellos momentos tenía el Gobierno español que ha ido perdiendo".

Además, indicó que con la medida se pretende introducir elementos de una cierta simetría respecto la regulación de otros países y de sus instituciones reguladoras.

En cuanto al otro mecanismo que se reserva el Gobierno para supervisar la OPA de E.ON, la disposición adicional 27 de la Ley 55/99, que impide la entrada de empresas con capital público en sectores estratégicos, Montilla recordó que esta medida la puso en marcha el anterior Gobierno del PP y en su día la aplicó, al igual que hizo el actual Ejecutivo en la operación de toma de control por parte de EDP por Hidrocantábrico para que pudiera ejercer los derechos de voto.

Empresas bajo control público

En este sentido, afirmó que "habrá que constatar" las informaciones de que esta medida es de aplicación no sólo a las empresas con participación pública en el capital, tanto directa como indirecta, sino a algo que el ministro definió como "más ambiguo", y que tiene que ver con un control de tipo público.

Así, explicó que E.ON tiene una participación pública ínfima en su capital, pero está sometida a las condiciones que le impuso el Gobierno alemán para aprobar su fusión con Ruhrgas, que tendrían una vigencia de 10 años. Este 'control' público es lo que permitiría al Gobierno español aplicar a E.ON esta disposición adicional para impedir su entrada en una empresa española perteneciente a un sector estratégico, como Endesa.

"Todos los países europeos defienden tener grandes empresas en el sector energético, lo dijo recientemente un miembro del Gobierno alemán. No sé por que los españoles hemos de renunciar a ello, pese al riesgo de que se nos tache de catetos", dijo Montilla en alusión a las críticas formuladas ayer por el ex presidente del Gobierno José María Aznar.

Afirmó que actualmente hay una situación de "cierta asimetría" y "poca reciprocidad" con otros países europeos, por lo que afirmó que esta norma está "vigente" y consideró que no debe ser ignorada "alegremente" por los que quieren comprar una empresa en España. "Al igual que italianos, alemanes o franceses, queremos tener grandes empresas en el sector energético, que es estratégico, y eso es compatible con la libre circulación de capitales que establece la Unión Europea", concluyó.

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