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El divorcio que viene
Antonio Casado
24/09/2004
Libertad, consenso, simplificación, ahorro, tramitación mucho más ágil, previsible impacto en la disminución de los malos tratos. Pero, sobre todo, más calidad de vida para el españolito o españolita que tiene derecho a no convertir en un drama el fracaso de su matrimonio. Ni siquiera el PP, donde anidan concepciones conservadoras sobre la institución familiar, presenta objeciones serias al anteproyecto fletado por el Gobierno. Al menos el sector liberal del partido de Rajoy debería estar encantados con el proyecto de ley del ministro López Aguilar, porque esta iniciativa legislativa refuerza la autonomía del individuo frente a la tutela del Estado. ¿Qué demonios hace un Estado poniendo trabas burocráticas a la inapelable voluntad de dos personas que deciden romper una relación contractual? Pues eso es lo que viene haciendo a la luz de la vigente legislación, aunque ésta ya fuera un avance considerable cuando se promulgó en 1981.
Cosa muy distinta es el plano religioso, donde el Estado ni puede ni debe meterse porque es asunto de conciencia que solo atañe a quien abraza una determinada confesión. Habrá que recordarles a los obispos, una vez más, que el Gobierno es el máximo gestor del interés público y entre sus deberes no figura la de señalar a nadie el camino del cielo o del infierno. De lo que debe ocuparse el Estado es de dignificar la vida de sus ciudadanos y hacerlos civilmente felices, eliminando las trabas administrativas o legales que se interponen entre la libre-responsable voluntad del individuo y la mejora de su calidad de vida.
Todo lo demás en el debate social, previo al parlamentario, son cuestiones concretas susceptibles de ser mejoradas en la redacción final del texto propuesto por el Consejo de Ministros. El matrimonio instrumental puede usarse como coladero de inmigrantes para obtener la nacionalidad española, se objeta. En principio no tiene porque ser así al estar la concesión de nacionalidad ligada a la residencia y no al matrimonio. Y el número de 'matrimonios de conveniencia' sería en todo caso insignificante a efectos de avalancha inmigratoria. Otros se alarman porque en algunas circunstancias el divorcio puede tramitarse en diez o quince días. De momento, eso puede ocurrir cuando se ponga el marcha el procedimiento de los juicios rápidos. Si hay mutuo acuerdo, sin hijos ni bienes patrimoniales en juego, ¿Por qué no?
OTR/PRESS
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